Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos JUAN CARLOS SUREDA RODRIGUEZ y DESIREE DEL VALLE MONRROY CARPIO, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-10.511.544 y V-13.871.190., respectivamente, contraído en fecha 28 de octubre de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio El Hatillo, Estado Bolivariano de Miranda. Así se decide.-