Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta por el ciudadano PABLO RAFAEL MACHILLANDA, en su condición de Director de la Empresa BEST PLAY PRODUCCIONES, C.A., asistido por el abogado Henry Roberto Gutiérrez Casique, contra el Servicio Autónomo de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, y en consecuencia se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nº JC/DSR7223-2010, de fecha 25 de noviembre de 2010, mediante el cual declaró la nulidad absoluta del permiso de espectáculos Nº ESP/107 de fecha 23 de septiembre de 2010.