En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO (1°) DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogados WILLIAM GUSTAVO URIBE y WILLIAM GUSTAVO URIBE REGALADO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos: 54.049 y 163.998 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL ANGEL RANGEL OJEDA, titular de la cédula de identidad N° V-14.874.325, contra la decisión de fecha 28 de septiembre de 2012, dictada por la Jueza del Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se anula la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2.....