Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación incoado por el abogado Ángel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.212, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano Arturo Sarmiento, titular de la cédula de identidad N° 11.669.931, contra la sentencia dictada el 06 de mayo del 2013, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia se declara válido el poder otorgado por el ciudadano Arturo Sarmiento, a los abogados Ángel Álvarez Oliveros, Zonia Oliveros Mora y Javier Montaño Suárez. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada el 06 de mayo del 2013, por el Juzgad.....