DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia SE DECLARA COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil PANADERÍA PASTELERÍA EL PALMAR DE COCHE, C.A. contra el acto administrativo contenido en el oficio sin número de fecha 22 de diciembre de 2016, suscrito por el Presidente de la sociedad mercantil INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES, C.A. (INMERCA).-
SEGUNDO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil PANADERÍA PASTELERÍA EL PALMAR DE COCHE, C.A. contra el acto adm.....