Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad contra el Acto Administrativo signado con el No. 0764-11, de fecha 05 de octubre de 2011 emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por la ciudadana Mabel Vergara contra la Sociedad Mercantil Panadería, Pastelería, Charcutería Alicantina C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Se deja constancia que la presente decisión se publica dentro del lapso previsto en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicc.....