Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, este Tribunal observa que desde el 25 de MARZO de 2013, fecha en la cual el Oferente solicitó el presente expediente en el Archivo Sede, con ocasión a la oferta real de pago, mediante la cual ofreció cantidades de dinero al Oferido ciudadano JHONJANER BERRIO SOTO, cédula de identidad NºV-18.056.559, no se ha producido impulso alguno por el Oferente y Oferido. Igualmente, se evidencia que la última actuación del Tribunal data del 25 de febrero de 2013, fecha en la cual se instó al Oferente a dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal, en tanto proceder a realizar los trámites ante la institución financiera con el objeto de abrir cuenta a favor del Oferido, lo cual no consta a los autos de haberse efectuador. Asimismo, se evidencia que desde el 26 de MARZO de 2013 al 30 de ENERO de 2015, han transcurrido de acuerdo al calendario judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, trescien.....