DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: La INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana CARMEN JULIETA FRANCO RUIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad V-3.660.622.
Segundo: Se designa como TUTOR INTERINO a la ciudadana CAROLINA FRANCO DE DUQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.314.329, quien deberá manifestar su aceptación o excusa al cargo aquí designado, y en el primero de los casos, prestar el juramento de Ley.
Tercero: Conforme a lo previsto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir el proceso por los trámites del juicio ordinario, quedando el juicio abierto a pruebas, lapso que comenzará a transcurrir una ve.....