declara Con Lugar la solicitud de exequátur de divorcio presentada por los ciudadanos Moisés Enrique Guevara Cárdenas y Carmen Luisa Russo Pérez, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº V-5.530.580 y 5.306.546, respectivamente. En consecuencia, se le Concede Fuerza Ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de Divorcio dictada por el Tribunal de Circuito 11° Circunscripción Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, Florida-División de Familia, Caso N° 2011-019577-FC-04, en fecha 03 de febrero de 2011, en la cual se disolvió el vínculo matrimonial que unía a los prenombrados ciudadanos. Expídase copia certificada del presente fallo, a los fines establecidos en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 506 del Código Civil y remítase a la Autoridad Civil correspondiente.