PRIMERO: CON LUGAR la defensa de cosa juzgada invocada por la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RAUL EUGENIO GONZALEZ ASCANIO contra C.A. METRO DE CARACAS (antes identificados).
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República de la presente decisión.