En consecuencia, por las razones precedentemente señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se IMPROCEDENTE la solicitud presentada en fecha 13-01-2014, por el ciudadano BRIGIDO ALEJANDRO MENDOZA ROJAS, abogado inscrito en el IPDA bajo el Nº.74.628, actuando en su carácter de parte actora en la presente causa. Así se establece.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud presentada en fecha 17-01-2014, la ciudadana LADY VIRGINIA SANCHEZ VERA, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº.65.199, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, la Alcaldía Metropolitana de Caracas. Así se establece.
TERCERO: Se ordena la notificación a las partes de la presente decisión, así como .....