Con base a la solicitud del requirente, encuentra este Tribunal que a los fines de garantizar la Defensa de su representado y el debido proceso, este tribunal con base al Control Judicial a lo dispuesto en el artículo 264 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable supletoriamente como lo establece el artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, debe ejercerse el control judicial sobre la presente investigación.
En tal sentido el referido artículo establece:
Control judicial. A los jueces de esta fase les corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en este Código, en la Constitución de la República, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.
Se observa que, sobre la pesquisa investigativa que solicitó la defe.....