Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: UNICO: INADMISIBLE la demanda contenciosa administrativa de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil Manaplas, C. A., contra las providencias administrativas (certificación N° CAP-0096-2016, de fecha 08 de septiembre de 2016, dictado por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas "María Alejandra Bolívar" (GERESAT-CAPITAL), dictada a favor de la ciudadana Yamile Yañez), e informe pericial (del cual no se señaló dato alguno, ni se acompañó copia del mismo).