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"..Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto (4º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 30 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida con diferente motiva. TERCERO: No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto (4º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208º y 160º, de la Independencia y de la Federación, respectivament.....