DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Que es COMPETENTE para resolver la regulación de competencia ejercida por la representación judicial de la ciudadana PIERA ROSELLA COPPOLA ESCUDERO, en fecha 3 de marzo de 2022, contra la decisión dictada en fecha 2 de marzo de 2022 por el Tribunal Cuarto Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante la cual declaró sin lugar la cuestión previa opuesta referida a la incompetencia del Tribunal por la materia y afirmó su competencia para conocer y decidir la presente causa.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia ejercido.
TERCERO: Se CONFIRMA el p.....