Por todo los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de PERSONAS POR IDENTIFICAR, a tenor del artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108 numeral 5, del Código Penal, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal antes de la reforma. Y así se decide expresamente.