DISPOSTIVO
Con base a todos los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad alegada por la parte demandada ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HUMBERTO CASTRO ANGEL contra la ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pero no proceden por cuanto el salario alegado por la parte actora no excede los tres (03) salarios mínimos. Se ordena la notificación del Procurador Metropolitano de la presente sentencia, mediante oficio.
Dando cumplimi.....