Se le aplicará la indexación correspondiente al monto antes mencionado por el periodo y hasta la fecha que se realice el pago del monto antes señalado de acuerdo al índice de precio al consumidor (IPC) mensual emitido por el Banco Central de Venezuela. (Sentencia de la Sala Constitucional del 20 de marzo de 2006) y (Sentencia de la Sala Político Administrativo de fecha 29 de abril de 2003).