DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SERGIO ANTONIO TERAN MARTINEZ contra la entidad de trabajo TREVI CIMENTACIONES, C.A. SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo demandada a cancelar los conceptos determinados en la parte motiva del fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costa en virtud de la naturaleza del fallo.