En base a lo antes expuesto, este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer de este procedimiento, y declina la competencia en los Juzgados Civiles con motivo de la cuantía y ordena su remisión al Juzgado Civil Distribuidor de Municipio de esta Circunscripción Judicial. Y así se decide. Remítase el expediente con oficio.