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Decisiones del dia 04/06/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Quinto Superior Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-R-2013-000321 N° Sentencia : Fecha: 04/06/2014
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
FOSPUCA BARUTA, C.A. CONTRA AUTO DICTADO POR LA SALA DE SANCIONES DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DÍAZ, SEDE CARACAS SUR (DEL MINISTERIO DEL TRABAJO), DE FECHA DOCE (12) DE JULIO DE 2010, QUE ACORDÓ LA IMPOSICIÓN DE MULTAS SUCESIVAS A LA EMPRESA FOSPUCA BARUTA, C.A., POR ENCONTRARSE SUPUESTAMENTE INCURSA EN DESACATO POR REBELDÍA POR INCUMPLIR LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SIGNADA BAJO EL N° 00010-2010.
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la Procuraduría General de la República, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de noviembre de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, incoada por la sociedad mercantil FOSPUCA BARUTA, C.A., en contra del Acto Administrativo constituido por constituido por el AUTO DICTADO POR LA SALA DE SANCIONES DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DÍAZ, SEDE CARACAS SUR (DEL MINISTERIO DEL TRABAJO), DE FECHA DOCE (12) DE JULIO DE 2010, QUE ACORDÓ LA IMPOSICIÓN DE MULTAS SUCESIVAS A LA EMPRESA FOSPUCA BARUTA, C.A., POR ENCONTRARSE S.....
Juez/Ponente:
Felixa Hernandez
Organo:
Juzgado Quinto Superior Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-R-2014-000046 N° Sentencia : Fecha: 04/06/2014
Procedimiento:
Aclaratoria
Partes:
MANUEL GUERRERO TERAN CONTRA FERTEC C.A.
Resumen:
En tal sentido observa esta Alzada que efectivamente tal como lo señala la parte actora, se incurrió en el error, al omitirse en la sentencia documental los tres (03) conceptos señalados ut supra, los cuales no fueron motivos de apelación , por lo que efectivamente, la solicitud de la parte actora, en cuanto a que se corrija lo contenido en la sentencia documental dicta por esta alzada, en cuanto a la omisión delatada, inherentes al Pago por Concepto de Vacaciones y Bono Vacacional no Pagados Correspondientes a los Periodos 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, y Fracción Vacaciones 2010-2011; en cuanto al Reclamo de Cesta Ticket desde 3l 01-05-2011 al 30-09-12, y en Cuanto al Reclamo por Asistencia Puntual y Perfecta, Cláusula 37, se hace procedente, en consecuencia queda aclarado y ampliado el punto en cuestión. ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Felixa Hernandez
Organo:
Juzgado Quinto Superior Del Trabajo
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