"...PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa. SEGUNDO: Se revocan las medidas cautelares impuestas al adolescente, por no encontrarse cubiertos los extremos exigidos por el numeral 2° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda la libertad plena del imputado. CUARTO: Este pronunciamiento no excluye el carácter de imputado del adolescente y la continuación de la investigación iniciada en su contra..."