Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 23 de marzo de 2012, por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Soraya Coromoto Sanz Briceño contra la Sociedad Mercantil Avon Cosmetics De Venezuela, C.A. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo incoada por la parte demandada. TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada a cancelar los conceptos y cantidades establecidos por el a quo en el fallo recurrido. CUARTO: SE CONFIRMA la decisión apela.....