En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Mitzi Thais Gutierrez Uriola y Oscar Eduardo Carrera Oliveira, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 8 de abril del 1987, ante el Concejo Municipal del Distrito Federal, según acta Nº 10, Folio 10, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1987.
Ofíciese lo conducente a la Registradora Civil del Concejo Municipal del Distrito Capital, al Registrador Principal del estado Miranda, y al Consejo Nacional Electoral (C. N. E.), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.