- III -
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, intentó la sociedad mercantil BANCO DEL TESORO, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la ASOCIACION COOPERATIVA DELCIAS ARTESANIA VENEZOLANAS, R.L., en la persona de su Presidenta, ciudadana JEANNETTE EMILIA LUGO OLIVARES, y a ésta última en su propio nombre y representación, y a la ciudadana NORMA IRENE LUGO OLIVARES, ambas en su carácter de fiadoras solidarias y principales pagadoras, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente .....