este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la demanda por RETRACTO LEGAL (ARRENDATICIO), interpuesta por el ciudadano JOSE GECID CARO ECHEVERRIA, en contra de la ciudadana GLADYS JOSEFINA CASTILLO TABEROA.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay expreso pronunciamiento sobre costas.