Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 05 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Claret Andreina García Patiño contra el ciudadano Pablo Celio Gonzalo Aranda. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana in comento contra la sociedad mercantil Carrascosa Tecnología Marcaria, C.A., CUARTO: SE ORDENA a la referida entidad de trabajo a pagar a la accionante los conceptos y cantidades condenados conforme a los parámetros y condiciones establecidos.....