Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos THAIS SENAIR LOPEZ JIMENEZ y JOSE RAMON CALMA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.135.107 y V-21.072.344, respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 270.682 y 270.277, respectivamente, contraído en fecha en fecha 12 de Diciembre de 2023, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Libertador del Distrito Capital según Acta de Matrimonio signada con el Nº 120, Tomo 1, folio 125, del año 2023. Así se decide.-