DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS , Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA DORA CONTRERAS NUÑEZ contra CADENAS DE TIENDA VENEZOLANAS CATIVEN. (HIPERMERCADO ÉXITO) ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se ordena a la primera de las nombradas cancelar a la actora los conceptos declarados procedentes, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, tal como fue establecido en la parte motiva. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto no hubo vencimiento total.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO.....