Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ALFREDO ANTONIO CANELONES CARO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.297.900, natural de Guanarito Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 18/06/1986, de 24 años de edad, estado civil soltero, ocupación u oficio exfuncionario policial y con residencia en Barrio El Hospital, calle principal, frente al Hospital de Guanarito, casa sin número, Municipio Guanarito del Estado Portuguesa y actualmente en estado de libertad, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente del Hurto; previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo; en perjuicio del Estado Venezolano y actualmente en estado de libert.....