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Decisiones del dia 04/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2013-003032 N° Sentencia : Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
EDGAR JOSE BASTARDO VS. CORPORACION INTERNACIONAL DE PROTECCION INTEGRAL, C.A. (CORINPROINCA)
Resumen:
n consecuencia este Juzgado HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos indiciados, ordenando se dar por terminada la presente causa, su cierre informático y archivo definitivo.-
Juez/Ponente:
Nelson Delgado Aular
Organo:
Tribunal Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
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N° Expediente : AP21-X-2013-000079 N° Sentencia : Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
FANNY ELENA BULTRIN RODRIGUEZ VS. INVERSIONES COMUNICARD, C.A.
Resumen:
Ahora bien, al revisar los motivos de procedencia, los motivos de mérito, los elementos fácticos y jurídicos de la solicitud; que son: 1.- Fumus boni iuris: que literalmente significa "humo de buen derecho", a criterio de quien decide, lo que se necesita acreditar preliminarmente para una cautela es "una posición jurídica que poseo y que por el hecho de poseerla es tutelable, toda vez que el derecho que se necesita acreditar en la cautela es el mismo derecho del fondo de la causa. 2.- Periculum in mora: La causa para dictar la cautela está en manos de la contraparte, quien puede realizar actos que conlleven a que la sentencia sea infructuosa; consiste así en acreditar un verdadero peligro de infructuosidad o evitar un daño irreparable. Se debe acreditar que el demandado está cometiendo una serie de actos que ponen en peligro, ponen en riesgo la feliz culminación del juicio principal. Estos requisitos deben estar probados. De la lectura del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Nelson Delgado Aular
Organo:
Tribunal Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
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N° Expediente : AP21-X-2013-000082 N° Sentencia : Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
LUIS EDUARDO LOICHET VALERA VS. SPS RISK VIGILANCIA, C.A.
Resumen:
Ahora bien, al revisar los motivos de procedencia, los motivos de mérito, los elementos fácticos y jurídicos de la solicitud; que son: 1.- Fumus boni iuris: que literalmente significa "humo de buen derecho", a criterio de quien decide, lo que se necesita acreditar preliminarmente para una cautela es "una posición jurídica que poseo y que por el hecho de poseerla es tutelable, toda vez que el derecho que se necesita acreditar en la cautela es el mismo derecho del fondo de la causa. 2.- Periculum in mora: La causa para dictar la cautela está en manos de la contraparte, quien puede realizar actos que conlleven a que la sentencia sea infructuosa; consiste así en acreditar un verdadero peligro de infructuosidad o evitar un daño irreparable. Se debe acreditar que el demandado está cometiendo una serie de actos que ponen en peligro, ponen en riesgo la feliz culminación del juicio principal. Estos requisitos deben estar probados. De la lectura del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Nelson Delgado Aular
Organo:
Tribunal Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
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