Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada apelante contra las sentencias interlocutorias de fecha 07 y 17 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Laboral del Área Metropolitana de Caracas, que HOMOLOGO el desistimiento de la demanda presentada por la parte actora de este proceso judicial. SEGUNDO: SE REVOCAN las sentencias interlocutorias de fecha 07 y 17 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Laboral del Área Metropolitana de Caracas y se ORDENA a dicho Tribunal notificar a la parte demandada del desistimiento de la demanda, opuesto por la parte actora, a fin de da.....