Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 22-11-2013, por la Apoderada Judicial de la contribuyente "GLOBAL SHIPPING AGENTES NAVIEROS, C.A.", constante de siete (7) folios útiles, y por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.-