Con fundamento en las precedentes consideraciones, este Tribunal (Accidental) de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la oposición a la medida de embargo preventivo decretada en fecha diecisiete (17) de mayo de 2013, sobre las embarcaciones Orinokia, Orinokia II y Maritza L, identificadas en autos, interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil Orinokia Consulting Training and Marine Service C.A. (OCTMSCA).
Segundo: CONFIRMA la medida de embargo preventivo sobre las embarcaciones Orinokia, Orinokia II y Maritza L, identificadas en autos, decretada en fecha diecisiete (17) de mayo de 2013.
Tercero: se ORDENA librar oficio dirigido a la Capitanía de Puerto de la Circunscripción Acuática de Ciudad Bolívar, para lo cual se remitirá vía fax y al Registro Naval Principal, a fin de participar.....