DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Inadmisible la recusación interpuesta por los abogados KARLA GUERRERO ONOFRE Y ALEXANDER RAFAEL TERÁN PEÑA, en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público con Competencia en Materia Civil, Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales con Competencia en la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en contra de la abogada ÁLVARO ROJAS RODRÍGUEZ, Juez de Primera Instancia en lo Penal en funciones Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, extensión Acarigua, por ser manifiestamente infundada.
Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelacione.....