Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el ABOGADO CARLOS PACHECO, inscrito en el I.PS.A., bajo el N° 269.791, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, contra la decisión dictada en 03 de octubre de 2024, por el Juzgado Octavo (08°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Confirma el fallo apelado. TERCERO: No habiendo condenatoria en costas. Se ordena de conformidad con lo previsto en el articulo 166 que por razones de seguridad de la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se deja en custodia d.....