Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la querella incoada por la ciudadana MIGDALIA ISAIAS QUINTANA, portadora de la cédula de identidad Nº 6.460.384, debidamente representada por el abogado BRIGIDO BARRIOS APONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.658, contra la CONTRALORÍA DEL ESTADO MIRANDA. En consecuencia se ordena, la nulidad de los actos administrativos RCEM Nº 0036-2006 de remoción y el Nº 0047-2006 de retiro, se ordena la reincorporación de la querellante al cargo que venía desempeñando de Asistente Administrativo I, e igualmente el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la ilegal remoción hasta el momento de su efectiva reincorporación al cargo, con los cambios que haya experimentado el sueldo asignado en el transcurso del tiempo y de demás beneficios laborales, bonificación de fin de año, primas de antigüedad, de.....