Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, siguen los ciudadanos LOURDES ELVIRA BORRA (V) de LILUE, MARIA ELENA LILUE BORRAS y ANTONIO ASSAR LILUE BORRAS, en sus carácter de viuda e hijos de quien vida se llamara ANTONIO LILUE RAHILED, contra el ciudadano JESÚS CASTELLANO, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
En consecuencia, se resuelve el contrato de fecha 28-10-2003, que tenía por objeto el inmueble constituido por una área de terreno y las bienhechurias existentes identificado con el No. 4, situado en la Avenida Intercomunal de Antímano, Urbanización Carapa, Municipio Libertador del Distrito Capital, condenándose a la parte demandada le sea entregado a la parte actora, libre de bi.....