Este Tribunal habiendo constatado la manifestación de voluntad libre de constreñimiento y en pleno conocimiento del derecho que los asiste otorgándose el más amplio finiquito asimismo visto y haber constatado que el presente acuerdo se alcanza de manera voluntaria, y siendo la mediación positiva, de conformidad con el artículo 133 de la LOPTRA y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadores le imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva otorgándole fuerza de Cosa Juzgada. Asimismo se acuerda la entrega a las partes de las pruebas consignadas en la oportunidad de la audiencia preliminar, y acuerda de conformidad expedir dos (2) copias certificadas solicitadas por las partes en este mismo acto. Finalmente este Juzgado, dará por terminado el presente procedimiento, una vez constatado en el presente asunto el cumplimiento total e integro del mismo mediante el pago y el recibo del instrumento cambiario que en su debida oportunidad consignaran las partes. Es todo conformes.....