Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas y en concordancia con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en la demanda que por calificación de despido ha incoado ANA MARÍA ECHAVE, contra la empresa COMPAÑÍA NACIONAL AIR FRANCE, ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Asimismo, en virtud que las partes comparecieron ante el Tribunal en fecha 31.01.2013, no se llevará a cabo el acto fijado para el 27.02.2013. Finalmente, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expedient.....