DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana MARIA EUGENIA PEREDA MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.020.406.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MARIA EUGENIA PEREDA MATA y FERNANDO DELFIN GONZALEZ CARMONA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-22.020.406 y V-22.014.387, respectivamente, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio El Hatillo,.....