Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la prueba de juramento decisorio promovida en el Capítulo V del escrito de promoción de la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación intentada por el abogado ROQUE MORA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en la presente causa por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 26 de septiembre de 2007 que inadmitió la prueba de juramento decisorio promovida por la parte demandante. TERCERO: Queda CONFIRMADO el auto apelado.
No hay condenatoria en las costas del recurso, por cuanto no hubo actuación de la parte contraria en esta alzada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito .....