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Decisiones del dia 05/03/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : 429-05 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 113º DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. BOLIVIA MARTIN SANTANA DEFESNA PUBLICA 04º ABG, MARCO CIMINO
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre el entonces adolescente, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha CINCO (5) AÑOS, ONCE (11) MESES y CATORCE (14) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con el delito imputado en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar al presunto culpable del delito , por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la Ley O.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 429-05 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 113º DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. BOLIVIA MARTIN SANTANA DEFESNA PUBLICA 04º ABG, MARCO CIMINO
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre el entonces adolescente, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha CINCO (5) AÑOS, ONCE (11) MESES y CATORCE (14) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con el delito imputado en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar al presunto culpable del delito , por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la Ley O.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 441-03 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 116 BENITO HERMAN PEINADO DEFENSORES PRIVADOS CECILIA GUERRA Y CARLOS BARROS
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre el entonces adolescente, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha CINCO (5) AÑOS, ONCE (11) MESES y SIETE (7) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con el delito imputado en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar al presunto culpable del delito , por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la Ley Orgá.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 404-02 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 116 BENITO HERMAN PEINADO
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre el entonces adolescente, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha SEIS (6) AÑOS, DOS (2) MESES y DIEZ Y SIETE (17) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con el delito imputado en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar al presunto culpable del delito , por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la L.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 404-02 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 11º DEL MINISTERIO PUBLLICO 111º ABG. NATACHA LOPEZ CABRERA
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre el entonces adolescente, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha SEIS (6) AÑOS, DOS (2) MESES y DIEZ Y SIETE (17) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con el delito imputado en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar al presunto culpable del delito , por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la L.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 458-03 N° Sentencia : Fecha: 05/03/2009
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo Lopna
Partes:
FISCAL 111 DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. NAYACHA LOPEZ CABERA Y DEFENSA PUBLICA ENCARGADA Nº 16º MARIANNE AÑEZ
Resumen:
Ahora bien, al constatar el tiempo transcurrido a partir de la Declaración en Rebeldía que pesa sobre los entonces adolescentes, se evidencia que han transcurrido hasta la presente fecha CINCO (5) AÑOS, TRES (3) MESES y SIETE (7) DIAS, tiempo suficiente para que opere la prescripción de la acción penal en relación con el delito que le fue imputado, regulada esta materia por el articulo 615 de la Ley Orgánica especial, la cual, en relación con los delitos imputados en el presente caso prevé que la acción prescribirá a los cinco (5) años. Podemos concluir que en el presente caso el paso del tiempo ha destruido la posibilidad de sancionar a los presuntos culpables de delito, por cuanto no se ha producido la interrupción de la prescripción por ningún acto de los previstos en la Ley Sustantiva Penal , así pues lo procedente en este caso en uso de la atribución conferida en el articulo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 615 de la L.....
Juez/Ponente:
María Baldo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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