Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Tributario subsidiario al Jerárquico interpuesto por el Ciudadano Francisco Berrizbeitia Castro, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-518.955, asistido por la Abogada Emilia Campos, titular de la cédula de identidad Nº 9.973.479, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.929, en contra de la Resolución Nº HGJT-A-975 de fecha 30-04-1999, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT, la cual declaro INADMISIBLE el Recurso Jerárquico interpuesto por la contribuyente, y en consecuencia confirmó la Resolución Nº GRNO-410-003201 m.....