Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento y daños y perjuicios. En consecuencia se condena a la demandada a:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 20 de Junio de 2007, por ante la Notaría Pública Cuadragésima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No 10, Tomo 31 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría.
SEGUNDO: A entregar el inmueble constituido por el local P-"0-A, situado en el Nivel 4 Plaza del Centro Comercial El Valle, en la Avenida Intercomunal de El Valle, Parroquia el Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital.
TERCERO: A pagar la suma de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.47.600,00) por concepto de indemnizació.....