Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DECIMO TERCERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OSCAR ENRIQUE GUERRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 4.359.142, en contra del ciudadano JOSE ALBERTO ANDRADE RODRIGUEZ, venezolano, economista, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° 4.845.886, en su carácter dueño de la obra y del inmueble donde se desarrollo la obra ubicada en la calle Nueva York, parcela 285, distinguida con el N° de catastro107/26/06, en la urbanización las mercedes del Municipio Baruta del Estado Miranda .
Se condena en costas al actor.