DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada ATILIA VALENTINA OLIVO GOMEZ, apoderado judicial de la parte actora, en el asunto principal signado bajo la nomenclatura AP21-L-2012-002115, causa en la cual cursa el recurso de apelación de cuya negativa se recurre, en AP21-R-2013-000154. Todo en contra el auto dictado en fecha 05 de febrero de 2013, por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, que negó el Recurso de Apelación interpuesto en contra del auto de fecha 23 de enero de 2013. En consecuencia, se ordena al Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabaj.....