Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la rectificación de acta de matrimonio solicitada por la ciudadana Ana Sofía De La Cruz de Cáceres, plenamente identificada en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: donde se lee "Enrique Luís Cáseres, natural de Turen Italia, debe leerse: "Enrique Luís Cáceres, natural de Torino Italia", como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y con en el 152 de la Ley Or.....