En virtud de lo anterior, este Juzgado considera que la transacción no vulnera los derechos irrenunciables de la trabajadora DELITA MILAGRO PENOTT DE VALERIO, por ello HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por la trabajadora antes identificada y la sociedad mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. De acuerdo a lo solicitado por las partes, se acuerdan dos (2) juegos de copias certificadas de la transacción y de la presente decisión.-.