DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°)de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
UNICO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCION presentada por la parte demandada en la presente causa, la entidad de trabajo INVERSIONES 040133, C.A y en forma personal los ciudadanos FRANCO RAFAEL MELE MUSCEDERE y LUIS EDUARDO TORRES RUIZ, la cual asciende a la cantidad de DOS MIL DOLARES AMERICANOS ($ 2.000,00), el cual fue debidamente recibido en esta mismo acto por la ciudadana JOSELIN COROMOTO COLMENARES ROJAS, titular de la cédula de identidad N°. V-20.637.913, en efectivo, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustancia.....